SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S2
Fecha: 15-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del derecho a la defensa, debido proceso, presunción de inocencia, seguridad jurídica, derecho a la vida, señalando que dentro del proceso penal seguido a Darwin Fabio Sánchez Acebo, por el delito de asesinato, mediante Auto de fecha 10 de diciembre del 2010 se dispuso que su hijo sea trasladado al Hospital Psiquiátrico San Benito Menni, que la ahora recurrida hizo posible dicho cumplimiento recién el 2014, sin embargo habría procedido a la reanudación del juicio oral, pese a tener conocimiento que su hijo está en pleno tratamiento, sin que hubiera transcurrido los dos años para su tratamiento, demostrando que tiene interés en el proceso y lo único que quiere es llevar a su hijo a Palmasola, incurriendo en una causal de recusación, no existiendo la garantía que la autoridad recurrida vaya a actuar con equidad, imparcialidad, objetividad, por una serie de circunstancias entre ellas el haberse presentado una querella en su contra y el mismo hecho de haber reanudado el juicio contra su hijo, teniendo pleno conocimiento que está gravemente enfermo de salud sin tener una cura violando irreversible su curación, demostrando de esta manera esa enemistad, odio, rencor hacia su hijo, su persona y la del abogado defensor, violando de esta manera sus derechos constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria y el ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional
- III.2.1. Requisitos para que opere la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR