Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0791/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
II.8.
II.8. El 12 de diciembre de 2011, reiteraron la invitación a la reunión, anunciándole que ante su inasistencia se verían obligados a iniciarle un proceso penal en defensa y resguardo de sus intereses institucionales; recordándole que en el documento de compra-venta, alegó ser el único y legítimo propietario; por tanto, era incomprensible por qué hasta la fecha los había estado evadiendo, escondiéndose maliciosamente y no daba muestras de querer solucionar este ingrato problema (fs. 148).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no se activa frente a hechos y derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo