Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2015-RCA
Fecha: 21-Ago-2015
1)
La parte accionante señaló que: 1) No se trata de una acción para hacer cumplir una anterior resolución, sino que el nuevo fallo emitido en cumplimiento del primer amparo incurrió en nuevas violaciones de sus garantías; y, 2) La presente acción de amparo constitucional ataca la falta de fundamentación de la Sentencia 116/2014, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, siendo las Resoluciones impugnadas completamente diferentes.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar
- cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR