Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2015-RCA
Fecha: 21-Ago-2015
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y se ordene la restitución de sus derechos y garantías vulnerados, dejando sin efecto la Sentencia 116/2014, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, debiendo emitirse una nueva resolución fundamentada cumpliendo los puntos extrañados y pronunciándose sobre todos los puntos de la litis planteados en la demanda y réplica; sea con costas, daños y perjuicios según el art. 113.I de la CPE; además como medida cautelar se declare la suspensión de la ejecución tributaria de la Resolución Determinativa 195/2007, hasta que se resuelva el fondo mediante Sentencia Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar
- cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR