Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2015-RCA
Fecha: 21-Ago-2015
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
La accionante estima que fueron lesionados el debido proceso en sus elementos de fundamentación de los fallos y tutela judicial efectiva, los derechos a la defensa, a la igualdad de las partes, a la capacidad contributiva y a la propiedad, citando al efecto los arts. 56, 108.7, 115, 117.I, 119, 120.I, 311.I y 323.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.1, 8.2 incs. c) y d), 21 incs. 1) y 2) y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar
- cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR