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    De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0171/2015 de 11 de agosto, bajo los siguientes argumentos
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0171/2015 de 11 de agosto, bajo los siguientes argumentos

    Fecha: 11-Ago-2015

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    • II. FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO ACLARATORIO
    • Articulo 35. (Incompatibilidad)
    • “o no; su aceptación supone renuncia tacita al cargo electivo”
    • está de acuerdo con la declaratoria de incompatibilidad
    • Fragmento 5
    • régimen electoral municipal
    • referendo
    • con firmas y huellas dactilares de por lo menos el treinta por ciento (30%) de ciudadanas y ciudadanos.
    • con firmas y huellas dactilares de por lo menos el treinta por ciento (30%) de ciudadanas y ciudadanos inscritas e inscritos en el padrón electoral del municipio en el momento de la iniciativa
    • Articulo 39.- (Atribuciones)
    • Control previo de constitucionalidad
    • La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará
    • Fragmento 13

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