I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia sobre la DCP 0177/2015 de 11 de agosto, correlativa a la DCP 0005/2013 de 29 de abril, por los fundamentos de orden
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

I.1. Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia sobre la DCP 0177/2015 de 11 de agosto, correlativa a la DCP 0005/2013 de 29 de abril, por los fundamentos de orden

Fecha: 11-Ago-2015

Art. 15. Jerarquía jurídica municipal

1. Es la disposición legal que emana del Concejo Municipal en el ejercicio de su facultad legislativa en cumplimiento del procedimiento, requisitos y formalidades establecidas mediante legislación municipal. La Ley Municipal es de carácter general, y de cumplimiento obligatorio a partir de su publicación, o lo que disponga la ley.

“2. Decreto Municipal. Es la norma municipal emanada del Órgano Ejecutivo cuyo objetivo es reglamentar las leyes municipales en el ejercicio de las competencias exclusivas, así como; la reglamentación de la legislación básica y de desarrollo en el ejercicio de las competencias concurrentes y compartidas.

3. El Decreto Ejecutivo. Es el instrumento administrativo de alcance general o particular, dictado por el Alcalde o Alcaldesa municipal en el ejercicio de sus competencias establecidas en el ordenamiento jurídico vigente, para la dirección eficaz y eficiente de la administración municipal, su cumplimiento es obligatorio, exigible, ejecutable y se presume legítimo.