SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2015
Fecha: 20-Ago-2015
II.1.
II.1. Cursa contrato de préstamo de dinero suscrito entre Emigdio Terrazas Céspedes, en calidad de acreedor; y, Vicente Quinteros Torrico y Patricia Terrazas Céspedes, en su condición de deudores, por la suma de $us891.- (ochocientos noventa y uno 00/100 bolivianos), en el que los deudores ofrecieron como garantía del cumplimiento de la obligación todos sus bienes habidos y por haber, así como el título ejecutorial que se encuentra registrado en DD.RR. bajo la matrícula computarizada 3.10.1.01.0025955, asiento A-1 de 2 de octubre de 2009; asimismo, cursa formulario de reconocimiento de firmas, que evidencia que los suscribientes reconocieron sus firmas por ante la Notaría de Fe Pública 3 de la Localidad de Sacaba (fs. 1 a 2).