SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2015-S1
Fecha: 11-Ago-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Olga Virginia Rodríguez Flores por intermedio de su abogado expresó en audiencia que, a través de la presente acción tutelar no se está dilucidando el derecho propietario, sino se reclama el sistemático amedrentamiento mediante el uso de la fuerza que está realizando Miguel Carrillo Ramallo, junto con otras personas a las que reúne, con la finalidad de evitar la presencia de la accionante en la zona, pretendiendo la suscripción y la firma de una minuta en cumplimiento a un acuerdo arribado; mientras que el codemandado Elmer Rocha Guevara Guardabosques del SERNAP, en concomitancia de la entidad antes mencionada, evacuó una citación en un papel oficial, sin que las autoridades de dicha institución conozcan de la misma, poniendo en claro el incumplimiento de las formalidades legales, por la realización de acciones de hecho que vulneran su derecho a la libre circulación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida,
- es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos
- presupuestos de activación, que en el marco del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: i) Atentados contra el derecho a la vida; ii) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; iii) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, iv) Acto u omisión que implique persecución indebida
- III.2. De los alcances y procedencia de la acción de libertad
- su procedencia está supeditada a la existencia cierta que la vida está en peligro de restricción o supresión -por acto ilegal u omisión indebida,
- la activación directa de la protección que brinda la acción de libertad para reparar de manera inmediata y eficaz los derechos que resguarda, se enmarca en los límites fijados por la Constitución Política del Estado y (CPCo)
- III.3.
- i)
- CONFIRMAR