Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2015-S1
Fecha: 27-Ago-2015
II.1.
II.1. Cursa RA RD-ABT-DDCB-PAS-441-2013 de 17 de mayo, emitido por el Director Departamental de la ABT Cochabamba que en su parte resolutiva, punto quinto determinó: “Suspender definitivamente a Marleni García Orellana (Agente Auxiliar) con registro en ABT N° RAA-154 por adecuarse su accionar a lo señalado en el artículo 17° numeral V, artículo 18° inc. d) de la Directriz ABT N° 001/2011 y tener carácter de multireincidente…” (sic) (fs. 49 a 51 vta., del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Trámite Procesal
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- CONFIRMAR