Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2015-S1
Fecha: 27-Ago-2015
II.3.
II.3. La parte accionante por memorial de 11 de diciembre de 2013, dirigido al Director Departamental de la ABT Cochabamba, interpuso incidente de nulidad contra la diligencia de notificación practicada de manera ilegal el 14 de octubre de 2013, y fijada en el tablero de notificaciones de la señalada entidad, solicitando se deje sin efecto la diligencia de referencia ya que le causó total indefensión por la falta de comunicación de manera personal; asimismo, mediante providencia de 16 de diciembre de 2013, emitida por la autoridad demandada se rechazó la solicitud de la ahora accionante (fs. 63 a 66 del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Trámite Procesal
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- CONFIRMAR