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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S3

    Fecha: 03-Ago-2015

    II.2.

    II.2. Mediante Conminatoria de reincorporación J.D.T.L.P./48-IV-CPE/D.S. 0496/LFJG 04/2015 de 19 de febrero, se instruye la reincorporación de la accionante a su puesto de trabajo, debiendo reponerse los sueldos devengados, desde el momento del despido injustificado, determinación notificada al empleador el 23 de febrero de 2015 (fs. 3 a 4).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en parte

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