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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2015-S3

    Fecha: 10-Ago-2015

    1)

    Víctor Crespo Sánchez a través de su abogado, en audiencia, manifestó que: 1) A la accionante únicamente le importan los pocos bienes que le quedan y que seguramente no se declaró heredera porque no le interesan las deudas, sino los activos; y, 2) No presentó declaratoria de herederos para acreditar su personería. En base a ello, pide denegar la tutela solicitada.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
    • “1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías,
    • REVOCAR

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