SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2015-S3

Fecha: 10-Ago-2015

i)

El BNB S.A., a través de sus representantes legales, en audiencia, señaló que: i) Por el certificado alodial cursante en el expediente, se evidencia que el referido inmueble es de propiedad de Víctor Hugo Añez Crespo, a quién le otorgaron un crédito hipotecario; ii) En el presente caso, la acción de amparo constitucional es improcedente por subsidiariedad, porque no se utilizaron previamente los procedimientos y recursos ordinarios; iii) La hipoteca constituida a su favor tiene total validez; por consiguiente, es oponible frente a terceros; y, iv) La accionante no acompañó el testimonio de declaratoria de herederos.