Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2015-S2
Fecha: 12-Ago-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de su derecho a la petición y obtención de respuesta; toda vez que dentro del PIET 3230/2012, seguido en su contra, mediante notas de 7 y 21 de julio como de 1 de agosto, todas de 2014, solicitó la nulidad del mismo y se deje sin efecto el congelamiento y retención de su cuenta bancaria; sin que a la fecha de interposición de la presente acción de defensa, hubiere obtenido respuesta alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- dar por desistida”
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Teoría del hecho superado
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14