Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0837/2015-S2
Fecha: 19-Ago-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante, a través de su abogado, en audiencia, ratificó in extenso el tenor de su demanda y ampliándola manifestó que con la finalidad de acudir ante las autoridades con la documentación pertinente, efectuó la solicitud objeto de la presente acción; en virtud a que el Reglamento del Sindicato de Trabajadores del SEDCAM establece que todos los funcionarios son parte del ente sindical, por lo que ante la falta de respuesta su tramitación se encuentra pendiente de cumplimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- III.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.3.1. En cuanto a la existencia de una petición oral o escrita
- III.3.2. Sobre la falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud
- III.3.3. El examen sobre la inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
- CONFIRMAR en todo