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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0837/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0837/2015-S2

    Fecha: 19-Ago-2015

    III.3.

    En función a la revisión por desarrollar, acorde al entendimiento constitucional expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, y en mérito al análisis de fondo de la presunta lesión del derecho a la petición, corresponde efectuar su tratamiento en el marco de los requisitos exigibles, previstos por la misma Jurisprudencia citada supra, de acuerdo a lo siguiente:

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • concedió
    • III.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.3.1. En cuanto a la existencia de una petición oral o escrita
    • III.3.2. Sobre la falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud
    • III.3.3. El examen sobre la inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
    • CONFIRMAR en todo

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