AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2015-RCA

Fecha: 10-Sep-2015

a)

La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante decreto de 10 de junio de 2015, cursante a fs. 2905, dispuso que la parte accionante: a) Aclaré de forma concreta y precisa los hechos en que fundan el amparo solicitado, la acción u omisión vulneratorios, así como los derechos y garantías constitucionales supuestamente vulnerados por las autoridades demandadas respecto a la petición formulada; y, b) Señale si dentro de la acción existen terceros interesados, especificando el domicilio donde pueden ser habidos, observación que debió ser subsanada en el plazo de tres días a partir de su notificación, bajo conminatoria de disponerse la no presentación de la acción en conformidad al art. 30.I.1 del CPCo.