AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2015-RCA

Fecha: 10-Sep-2015

se entiende por días hábiles de lunes a viernes

El art. 29.5 del CPCo, determina reglas generales de procedimiento ante juezas, jueces y tribunales en acciones tutelares, indicando que: “Los plazos establecidos para las Acciones de Defensa son perentorios. Para sus efectos se entiende por días hábiles de lunes a viernes, salvando los días feriados...” (las negrillas son nuestras).    

A su vez, el art. 30 del mismo cuerpo normativo, establece como causales para declarar la improcedencia de la acción de amparo señalando al efecto.