Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015
Fecha: 03-Sep-2015
II.2.2.
II.2.2. Mediante Auto de 25 de noviembre de 2013, ante el recurso de reposición planteado por Freddy Ricardo Antelo Saavedra, se revocó la determinación de remisión a la jurisdicción administrativa minera; concluyendo que, en razón de la materia y territorio corresponde el conocimiento de la pretensión al Juzgado Agroambiental del departamento de Tarija, ordenado que los antecedentes del caso sean remitidos al Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento con la finalidad que su Sala Plena resuelva el conflicto. (fs. 167 a 168 vta.).