Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015
Fecha: 04-Sep-2015
a
En la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Carlos Eduardo Subirana Gianella, Diputado de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad del art. 1; de las Disposiciones Adicionales Tercera, Sexta, Séptima, Decimosegunda y de la Disposición Final Segunda de la Ley del Presupuesto General del Estado (LPGE) Gestión 2013 -Ley 317 de 11 de diciembre de 2012-.
- a
- ...y otras disposiciones específicas para la administración de las Finanzas Públicas
- admitió
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.4.
- II.1.5.
- II.1.6.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.2.6.
- II.2.7.
- II.2.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- la labor del Tribunal sólo se circunscribe al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad, y de ninguna manera realizar análisis alguno respecto al caso en concreto
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20