Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2015
Fecha: 17-Sep-2015
II.4.
II.4. Certificaciones otorgadas el 6 de enero de 2012 por el Gobierno Autónomo Municipal de Mecapaca del departamento de La Paz OMT/DPDT/JE/36/2012, OMT/DPDT/JE/37/2012; OMT/DPDT/JE/38/2012; OMT/DPDT/JE/39/2012, OMT/DPDT/JE/40/2012, OMT/DPDT/JE/41/2012; OMT/DPDT/JE/42/2012, OMT/DPDT/JE/43/2012 y OMT/DPDT/JE/44/2012, que refieren que los fundos ubicados en la ex comunidad Taypichullo se encuentran en la zona urbana de ese Gobierno Autónomo Municipal (fs. 60 a 89 vta.).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de la Autoridad Originaria de la comunidad Taypichullo del departamento de La Paz
- rechazó
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indígena
- III.2 Conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción IOC
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas
- COMPETENTE