Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
II.2.
II.2. Corre Auto Supremo 192/2014 de 8 de agosto, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, resolviendo el recurso de casación interpuesto por la parte accionante, señalando en su parte resolutiva: "…con la atribución contenida en los artículos 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo, de fs. 65 a 67 Sin costas…” (sic), (fs. 6 a 8 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a
- denegó
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 8
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.4
- CONFIRMAR