SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la lesión del derecho al debido proceso vinculado al derecho a la libertad, porque la autoridad demandada dentro el proceso de asistencia familiar seguido por Maite Flora Montaño Valdivia en su contra, en el que se apersono adjuntando un depósito judicial por Bs400.-, se realizó una liquidación el 8 de mayo de 2014, que alcanzo un importe de Bs216.000.-, por lo cual sin que medie solicitud de parte ni sustento legal, con excesiva autoridad libró Mandamiento de Apremio con habilitación de días y horas extraordinarias, para que pueda ser ejecutado por cualquier funcionario público no impedido de todo el departamento de Cochabamba; en virtud al que se encuentra detenido desde horas 19:00 del día sábado 28 de febrero de 2015.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- es también evidente que, cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional a través de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR