SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2015-S3

Fecha: 09-Sep-2015

II.5.

II.5.  Por memorial presentado el 25 de febrero de 2014, ante el Tribunal Supremo de Justicia, el ahora accionante respondió a la demanda reconvencional y fundamentó en derecho la extemporaneidad e inoportunidad de dicha demanda, solicitando el rechazo de la reconvención (fs. 57 a 68 vta.); el cual, obtuvo la providencia de 27 de idéntico mes y año, aclarándole al actual accionante que el Tribunal ejerció la facultad conferida por el art. 333 del CPC, además que dio por respondida la demanda reconvencional (fs. 69).