SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2015-S3
Fecha: 09-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento de fundamentación, a la petición, a la “seguridad jurídica”, a la igualdad, a ser oído por autoridad jurisdiccional competente e imparcial y a la defensa; por cuanto las autoridades demandadas dictaron el Auto T.P.E. 01/15, que dispone su retiro obligatorio en total contradicción a una anterior decisión emitida por las mismas autoridades, la Resolución 042/2009 que anula obrados del proceso instaurado en su contra, por lo que incumplen con la Resolución 753/08 emitida por el Tribunal de garantías del primer amparo constitucional; reclamos expuestos en el recurso de reconsideración ante el Tribunal del Personal del Ejército, no obstante y pese a reiterar su solicitud en varias oportunidades, no obtuvo una resolución motivada, solo oficios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la cosa juzgada constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones