SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

III.4. Marco normativo y jurisprudencial sobre la notificación de los actos administrativos en el ámbito aduanero contravencional

         Al respecto, es pertinente aclarar que el ámbito aduanero, debe encuadrar sus actos a lo dispuesto en materia tributaria, por ser ésta un complemento de la segunda; en ese marco, con relación a los medios de notificación, se debe remitir al contenido del Código Tributario Boliviano, el mismo que en su art. 83.I establece: “Los actos y actuaciones de la Administración Tributaria se notificarán por uno de los medios siguientes, según corresponda: