SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

i)

María Melina Lima Nina, Jueza Decimotercera de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mediante informe escrito cursante a fs. 6 y vta., refirió lo siguiente: i) El 17 de marzo de 2015 a 18:21 horas, la Fiscalía remitió al aprehendido Paul Alberto Salazar Daza, en merito a lo previsto por el art. 228 del CPP, ii) El art. 226 de la referida norma, prevé que la persona aprehendida será puesta a conocimiento del Juez  en el plazo de veinticuatro horas, para que resuelva en el mismo plazo, sobre la aplicación de alguna medida cautelar; por lo que, según esta disposición tenía hasta las 18:21 horas del 18 de marzo de 2015, para pronunciarse, sobre la situación jurídica del sindicado; iii) El abogado representante, solicitó la libertad del ahora accionante, sin conocer la normativa y de manera prepotente; y, iv) El 18 del mes y año referido precedentemente, se emitió el Auto interlocutorio “94/2015” y el respectivo mandamiento de libertad a horas.