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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2015-S3

    Fecha: 07-Sep-2015

    2°  Disponer

    2°  Disponer que la autoridad demandada, en el caso de no haber considerado y resuelto la solicitud de cesación a la detención preventiva de 13 de octubre de 2014, ésta sea tramitada y sustanciada dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la recepción de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • “…toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
    • devenga de dilaciones indebidas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 11
    • CONFIRMAR en parte
    • 2°  Disponer

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