SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera lesionados sus derechos a la defensa y al debido proceso, en sus vertientes de debida motivación y fundamentación; puesto que, no tuvo conocimiento ni asumió defensa dentro del proceso contravencional aduanero seguido en su contra, al no habérsele notificado personalmente con el Acta de Intervención Contravencional ni con la Resolución Sancionatoria de Contrabando Contravencional que le sanciona con multa del 100% del valor de la mercancía y dispone la ejecución tributaria, enterándose una vez que estuvo ejecutoriada, siendo nulos dichos actos al haber sido notificados en Secretaría de la entidad demandada; asimismo, existe falta de tipicidad de la Resolución Sancionatoria configurándose vulneración del principio del non bis in idem y pretendiendo imponer una triple sanción.