SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia como lesionado el derecho al debido proceso en su vertiente a la fundamentación y motivación de las resoluciones y al “Derecho a la notificación correcta”; al considerar que, luego de haber notificado en varias oportunidades a Jorge Peñaranda Gutiérrez en su domicilio real -ratificado por certificación del SEGIP- y haber solicitado su declaratoria de rebeldía al no haber asistido ni justificado su ausencia en audiencia de juicio oral, la jueza demandada, rechazó su petición, sólo indicando que el mencionado se encontraría en Suecia y ostentaría dicha nacionalidad, porque la hermana de éste así lo manifestó adjuntando boleta de pago y otros; razón por la cual considera que la resolución carece de la debida fundamentación y motivación, y contradice la norma procesal penal.