Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
II.1.
II.1. Por Sentencia 01/2012 de 31 de enero, la Jueza Segunda de Partido Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributaria del departamento de La Paz, declaró probada la demanda interpuesta por la empresa Estación de Servicio Lubrican S.R.L., disponiendo dejar nula y sin valor legal la Resolución 202/2011 de 2 de junio, y levantar la sanción de clausura de la citada empresa al no existir contravención tributaria (fs. 3 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la debida motivación y fundamentación de las resoluciones
- REVOCAR