Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad accionante por intermedio de su representante, alega que las autoridades judiciales demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación, aplicación objetiva de la ley y valoración integral de la prueba de reciente obtención y a la igualdad procesal, al emitir el Auto Supremo 224/2014 de 15 de agosto, sin la debida fundamentación aplicando jurisprudencia sin analogía, resultando el Auto impugnado “arbitrario, incongruente, absurdo y con error evidente” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la debida motivación y fundamentación de las resoluciones
- REVOCAR