SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2015-S3

Fecha: 14-Sep-2015

II.2.

II.2. Consta Resolución 90/2015 de 4 de marzo, por la cual, la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, ante la existencia de actividad procesal defectuosa, de oficio corrigió los errores en el procedimiento, conforme los arts. 167, 168 y 169 inc. 3) del CPP, reponiendo el decreto de 17 de enero de 2014, respecto a la admisión de la ampliación de la imputación formal en el que deberá decir “previamente cúmplase con el requisito del art. 302 num. 3” (sic) y dejando sin efecto el señalamiento de la audiencia para ese día, disponiendo la remisión de los aprehendidos ante el Fiscal de Materia asignado, para que tome la declaración informativa, y si considera pertinente, presentará la imputación formal y la solicitud de aplicación de medidas cautelares (fs. 115 y vta.).