Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2015-S2
Fecha: 14-Sep-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2015 de 13 de febrero, cursante de fs. 151 a 154, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Justino Miranda Gutiérrez contra Dilmar Chusgo Miranda, Benita Gladys Rodríguez Mamani, Hipólito Colque Vique, Sandra Ahucachi Mollo y María Luisa Caihuara todos Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Vitichi del departamento de Potosí.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho de acceso a la justicia vinculado a las medidas de hecho
- III.2.El derecho a la petición y de los presupuestos para su tutela. Jurisprudencia reiterada
- 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición’.
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo