SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2015-S3

Fecha: 14-Sep-2015

Fragmento 13

         Es así que, de la revisión de autos se tiene que, los Vocales demandados, al  dictar la Resolución cuestionada, justificaron razonablemente la decisión asumida; por cuanto, señalaron que la accionante no desvirtuó la concurrencia de la previsión del art. 233.1 y 2 del CPP, así como tampoco los peligros de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234.1, 2, 4 y 10; y, 235.1 y 2 del mismo cuerpo legal; consecuentemente, explicaron con claridad los motivos por los cuales revocaron el Auto 276/2014, emitido por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro y ordenaron su detención preventiva, razones por las que corresponde denegar la tutela impetrada.