SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2015-S2

Fecha: 14-Sep-2015

II.3.

II.3.  Por memorial de 29 de enero de 2015, Eugenia Inés Bohórquez Padilla, solicitó al Juez Cautelar demandado, señale audiencia de modificación de medidas cautelares impuestas al nombrado imputado, impetrando, la aplicación de su detención preventiva, alegando que no concurría el impedimento establecido en el art. 232 del CPP, por cuanto el delito imputado tenía una pena privativa de libertad cuyo máximo legal excede los tres años; asimismo, fundamento que existían los riesgos de fuga y obstaculización, establecidos en los arts. 233.1, 233.2, 234.1, 2, 8, 10, 11 y 235.2; en mérito al cual, por providencia de 30 de igual mes y año, se señaló audiencia de modificación de medidas cautelares para el 3 de marzo del indicado año, a hrs. 14:30, notificándose al imputado el 27 de febrero de igual año (fs. 40 a 45).