SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0901/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0901/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

Protección de la integridad personal

En este sentido, en el caso sub judice corresponde precisar que la afectación advertida por el accionante respecto a la restricción de su libertad física, ante la sensación de encierro percibida, irrumpe su grado de vulnerabilidad -persona con capacidad diferente-; no obstante de esta conclusión evidenciable, es importante señalar que en antecedentes no se cuenta con elementos concretos que permitan aseverar que la situación de encierro denunciada, fuere provocada por los ahora demandados, más aún cuando en audiencia los mismos discreparon los argumentos de la presente acción tutelar; sin embargo, ésta circunstancia de imposibilidad de determinación e individualización del sujeto pasivo o autor del acto lesivo denunciado, no resulta ser un impedimento para tutelar los derechos vulnerados y hacer efectiva su inmediata restitución, conforme se tiene glosado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional; más aún cuando se tiene constancia documentada del entrabe de las puertas y el encierro denunciado por el ahora accionante; por lo que, dada la naturaleza jurídica de la presente acción tutelar, así como el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, corresponde brindar la tutela solicitada.