Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
II.3.
II.3. Mediante Auto de Vista 116/2014 de 13 de febrero, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, excluyó del ámbito de su resolución los agravios expuestos contra el numeral 1 del Auto de 7 de agosto de 2013, en razón de haber sido resueltos por su similar Sala Civil y Comercial Primera, y precisó que la decisión se circunscribe al numeral 3 del referido Auto, señalando como fundamento de su resolución, que la decisión apelada es la de 10 de septiembre del referido año (fs. 11 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4
- Fragmento 14