Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
a)
Solicitan se conceda la tutela solicitada, y dispongan: a) La devolución de los terrenos permitiéndoseles ingresar nuevamente a los mismos; b) Se impida el ingreso de otras personas ajenas al barrio; y, c) Se les reponga las construcciones destruidas por los demandados devolviendo las maderas, calaminas, muebles, camas, etc., que se llevaron.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la propiedad privada
- Fragmento 11
- III.2. Derechos protegidos a través de la acción de amparo constitucional frente a las medidas de hecho
- III.3. Presupuestos que activan la acción de amparo constitucional frente a acciones vinculadas a medidas de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y,
- debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- el accionante o agraviado el que al interponer su acción, debe acreditar y demostrar la existencia del acto u omisión denunciados de ilegales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo