Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran vulnerados sus derechos a la inviolabilidad de domicilio y a la propiedad privada, toda vez que han sufrido atropellos de parte de Juan Silvestre Saucedo Azevedo; asimismo, Verushka Saucedo Becerra junto a otras personas, que ingresaron a sus domicilios, destruyeron y desmantelaron sus viviendas, llevándose maderas, calaminas, puertas, ventanas, mesas, catres y otros, destruyendo además sus sembradíos, avasallando, allanando y lesionando el domicilio y la propiedad privada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la propiedad privada
- Fragmento 11
- III.2. Derechos protegidos a través de la acción de amparo constitucional frente a las medidas de hecho
- III.3. Presupuestos que activan la acción de amparo constitucional frente a acciones vinculadas a medidas de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y,
- debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- el accionante o agraviado el que al interponer su acción, debe acreditar y demostrar la existencia del acto u omisión denunciados de ilegales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo