Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 015/2015 de 20 de marzo, cursante de fs. 49 a 54 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por María del Rosario Parra en representación sin mandato de Eduardo Israel Arce Parra contra Mery Fernández Ricaldi y Magali Gloria Avalos Zamudio, Trabajadoras Sociales del Hospital Clínico Viedma.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 9
- establecer como requisito de procedibilidad de la acción de libertad que el paciente
- ante la falta de cancelación de dichos adeudos, no es posible que procedan a la privación de libertad de un paciente, puesto que resulta ser una medida de hecho, que desde ningún punto de vista es aceptable, ya que implica la vulneración del derecho a la libertad, que es tutelado por la justicia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- ,
- CONFIRMAR