SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

concedió

La Jueza Primera de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituida en Juez de garantías mediante Resolución 03/2015 de 2 de abril de 2015, cursante                       de fs. 51 a 55, concedió la tutela impetrada, disponiendo la libertad del accionante; de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) Se evidenció la emisión del mandamiento de libertad a favor del impetrante, sin que hasta  la fecha  haya sido efectivizado; b) El Juez demandado a pesar de tomar conocimiento de la reiterada petición de libertad del detenido puso a conocimiento del Gobernador del Recinto Penitenciario de San Pedro, la ejecución inmediata de la orden de libertad, no aclaró la duda, de dicha autoridad si existía o no algún error en dicha orden, respecto del delito sobre el cual se emitió; c) La prueba presentada por el Juez demandado, demuestra que si se contaba con órdenes de detención y libertad; sin embargo, ese aspecto no puede considerarse como causa para impedir la ejecución de la orden de libertad, es decir, de hechos que no corresponde a las autoridades accionadas considerar como causa  para impedir su ejecución como el reproche social ante una  conducta delictiva habitual, más aun cuando en las “tres causa” (sic) que tenía se ordenó su libertad; d) El Gobernador del Recinto Penitenciario de San Pedro, debía contar con los registros de todos los internos a su cargo y no permitir que transcurran doce días en la duda, de si corresponde o no la libertad del detenido; lo que refleja la mala administración de los ingresos y salidas de los privados de libertad; e) Conforme a los archivos se demuestra que en el presente caso existe corresponsabilidad de las autoridades demandadas; y, f) Según la ley, la instrucción de libertad debe ser ejecutado en el día; por todo ello, se evidencio que hubo detención indebida.