SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, alega que las autoridades judiciales demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, valoración razonable de la prueba, acceso a la justicia o tutela judicial efectiva en su elemento acceso al recurso, y a impugnar; por cuanto, en la demanda de responsabilidad civil que interpuso, se dictó Sentencia calificando los daños y perjuicios sin valorar la prueba aportada en el proceso, referida al informe pericial realizado a solicitud de la Juzgadora y los otros gastos realizados, puesto que a criterio de dicha autoridad solo debía considerarse la afectación directa al patrimonio, sin tener presente los gastos efectuados ni la indemnización por los perjuicios ocasionados; fallo que en apelación fue confirmado, así como en casación, instancia en la que las Magistradas hoy demandadas emitieron el Auto Supremo 381/2014-RRC, carente de fundamentación que declaró improcedente el recurso respecto a las causales previstas por los incs. 2) y 3) e infundado con relación a la causal del inc. 1) todos del art 253 CPC, limitándose a reiterar los argumentos de los inferiores, sin responder a todos los puntos reclamados en el recurso de casación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Debido proceso y e
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- concedido
- Fragmento 18