SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

en los casos en que la persona hubiera presentado de manera paralela sus reclamos en la vía ordinaria y en la vía constitucional

Siguiendo esta línea de razonamiento, la SCP 0631/2014 de 25 de marzo, a través de una contextualización de las subreglas para la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, estableció que: “Conforme a la jurisprudencia citada, es evidente que en los casos en que la persona hubiera presentado de manera paralela sus reclamos en la vía ordinaria y en la vía constitucional, es posible denegar la tutela por subsidiariedad; casual que, empero, no se aplica, en los supuestos en los cuales exista una apelación pendiente de la medida cautelar impuesta y, de manera paralela, el imputado hubiera presentado una nueva solicitud de cesación de la medida cautelar impuesta.