Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
II.1.
II.1. Cursa denuncia penal formulada el 28 de enero de 2013 por Silverio Wilmer Cañaviri Calle -hoy accionante- contra Nancy Dadeyva Cañaviri Calle -ahora tercera interesada-, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y de uso de instrumento falsificado, en cuya relación de hechos relató cómo la denunciada presuntamente falsificó documentación con la que se hizo de los bienes que a él y a sus hermanos les correspondía como herencia de su finado padre (fs. 1 a 2 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- CONFIRMAR