SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S3

Fecha: 29-Sep-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante reclama que la determinación asumida por la autoridad demandada contenida en la Resolución FDLP/PASC/05/2015 de 12 de enero, no está fundamentada ni motivada; y, siendo que se tiene identificado el acto considerado lesivo a sus derechos, corresponde examinar la veracidad de esa afirmación.

De la revisión de antecedentes, se advierte que mediante escrito de 3 de diciembre de 2014, el accionante pidió a la Fiscal Departamental de La Paz -ahora demandada-, dentro del proceso penal seguido contra Nancy Dadeyva Cañaviri Calle por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y de uso de instrumento falsificado, la conversión de la acción penal pública en privada, alegando entre otros puntos, que conforme a la regulación contenida en el art. 26.2 del CPP, los delitos de los cuales es víctima “han afectado a [su] patrimonio” (sic); es decir, la actuación delictiva denunciada por su persona y por la que fue imputada la primera nombrada, tiene carácter eminentemente patrimonial; toda vez que, el actuar delictivo de la denunciada fue apoderarse del patrimonio fincado por su padre (Conclusión II.2.); empero, mediante Resolución FDLP/PASC/05/2015 de 12 de enero, emitida por la Fiscal ahora demandada, dicha petición fue rechazada, en base al siguiente razonamiento: