SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
a)
Edgar Ramiro Quinteros Pérez, actual Administrador de la Aduana Tambo Quemado de la ANB, mediante informe escrito presentado el 13 de enero de 2015, cursante de fs. 96 a 107, refirió que: a) Conforme a los arts. 56, 64 y 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); y, 116, 121 y 123 del DS 27113 -de Reglamento de la citada Ley-, la parte accionante no interpuso el recurso de revocatoria y tampoco el recurso jerárquico, equivocando la vía al plantear el recurso de alzada ante la ARIT La Paz, siendo que la naturaleza de la materia de la Resolución sancionatoria, es distinta a la tributaria y/o aduanera, extremo que considera determinante para la improcedencia de la presente acción; y, b) Los derechos que alega como vulnerados no fueron quebrantados por la Administración Aduanera; toda vez que, la Resolución sancionatoria AN-GROGR-TAMOF 05/2014 de 27 de marzo, contiene la debida fundamentación y es congruente respecto a la valoración de pruebas presentadas por la parte accionante.
El accionante a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad de oportunidades, al acceso a la justicia; y, a los principios de seguridad jurídica y legalidad; ello, en razón a lo siguiente: a) No fue notificado con la Resolución sancionatoria AN-GROGR-TAMOF 05/2014 de 27 de marzo; y, b) Planteó recurso de alzada contra la referida Resolución; sin embargo, el mismo fue rechazado por el Responsable de Recursos de Alzada a.i. de Oruro de la ARIT de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- ante la misma autoridad administrativa competente para resolver el recurso de revocatoria
- conceder
- REVOCA