SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2015-S3

Fecha: 29-Sep-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 49/2015 de 12 de febrero, cursante de fs. 243 a 245 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 269 y el Auto de 17 de julio de 2014; ello, fundamentando que tanto de la revisión del memorial de apelación planteado por la parte accionante como del Auto de Vista 269, se tiene que los Vocales demandados no cumplieron con lo establecido por el art. 236 del CPC, puesto que dicha Resolución se limita a realizar una referencia doctrinal y legal que no brinda una respuesta a los puntos denunciados en el recurso de alzada, omitiendo referirse a la existencia o inexistencia del “anexo A”, en el contrato que originó el proceso ejecutivo, debiendo considerar cuál es la consecuencia jurídica de la cesión de crédito, de la inscripción de la misma y de las cuestiones relativas a la personería del demandante -ahora tercero interesado-, dentro del proceso en cuestión.