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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2015-S3

    Fecha: 29-Sep-2015

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Marianela Severiche Daza, Jueza Cuarta de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, no asistieron a la audiencia de consideración de la presente acción de defensa ni presentaron informe alguno pese a su legal citación cursante a fs. 215 y vta.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III.
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal
    • en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • lo resuelto en el proceso ejecutivo, podrá ser modificado en proceso ordinario posterior
    • REVOCAR

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